Repasamos el Real Decreto: Los guardias civiles podrán llevar tatuajes visibles, pero no saldrán uniformados en sus redes sociales

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El Consejo de Ministros aprobó recientemente el Real Decreto por el que se regula el uso general del uniforme y de la imagen de la Guardia Civil.

Repasamos los aspectos más destacados del Real Decreto:

  • Como principal novedad, por primera vez quedan autorizados los tatuajes que sean visibles vistiendo el uniforme, siempre que no contengan expresiones contrarias a los valores constitucionales, que atenten contra la disciplina o la imagen del Cuerpo. En cambio, el Real Decreto prohíbe las argollas, inserciones, automutilaciones, pegatinas, dilataciones y similares, así como implantes microdentales o subcutáneos, excepto las perforaciones para pendientes.
  • Los guardias civiles no podrán usar el uniforme en manifestaciones o reuniones de carácter político, sindical o reivindicativo, ni aparecer con el mismo en redes sociales o chats de carácter privado, en medios de comunicación o en actos publicitarios a no ser que cuenten con autorización expresa.
  • Se prohíbe, con carácter general y para todas las personas ajenas al Cuerpo no autorizadas, el uso público e indebido del uniforme de la Guardia Civil, así como sus insignias, emblemas y condecoraciones oficiales o réplicas de los mismos, y cualesquiera otros accesorios o complementos que puedan generar engaño acerca de la condición de quien los use.
  • Los agentes ya retirados podrán acudir uniformados a actos institucionales y sociales solemnes, pero la dirección de la Guardia Civil podrá impedirle el uso del uniforme cuando se encuentren procesados o enjuiciados por algún delito o hayan realizado acciones manifiestamente contrarias al código de Conducta del personal de la Guardia Civil.
  • El decreto prohíbe la compraventa entre particulares de uniformes de la Guardia Civil o prendas del mismo y señala que los establecimientos autorizados a comercializarlos deberán comprobar la identidad del comprador como miembro del Cuerpo y, en el caso de la venta a distancia, el envío deberá remitirse exclusivamente a dependencias oficiales del Instituto armado.
  • Las productoras audiovisuales, compañías artísticas o cualquier otra entidad que pretenda utilizar uniformes de la Guardia Civil o sus réplicas para representaciones artísticas o para otros fines de interés económico, cultural o social deberán obtener la preceptiva autorización de la Dirección General del Cuerpo.

Fotografía: AUGC